La JEP ratifica sanción contra siete exjefes de las Farc
- Acta Diurna

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En una decisión trascendental para la justicia transicional en Colombia, la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ratificó la sentencia dictada en primera instancia contra siete de los máximos líderes de la extinta guerrilla de las Farc. Los comparecientes fueron hallados responsables de crímenes de guerra, específicamente por los delitos de secuestro y homicidio.
La medida cobija a los antiguos miembros del secretariado de la organización armada: Rodrigo Londoño (conocido como 'Timochenko'), Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Julián Gallo y Rodrigo Granda.
Adicionalmente, el tribunal determinó que cinco de los siete sentenciados también deberán responder por omitir su deber de control y no haber impedido crímenes graves cometidos por sus subordinados, tales como tortura, tratos crueles, atentados contra la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado.
Para tomar esta determinación, los magistrados analizaron un total de 52 objeciones radicadas por las víctimas, sus organizaciones defensoras y el Ministerio Público, así como 17 recursos presentados por la propia defensa de los comparecientes.
Un enfoque restaurativo sin cárcel, pero con tareas estrictas
A diferencia del sistema de justicia penal ordinario, este fallo no contempla penas de prisión en establecimientos carcelarios. Al tratarse de una sanción propia de la justicia transicional, y dado que los implicados aportaron a la verdad completa y reconocieron su responsabilidad, se les impusieron sanciones orientadas a reparar material y simbólicamente el daño causado a la sociedad y a los afectados directos.
No obstante, la Sección de Apelación introdujo modificaciones clave respecto al fallo original para evitar vacíos legales. El tribunal advirtió que las sanciones no pueden ser ambiguas ni indeterminadas, por lo que ordenó que la sentencia especifique de forma detallada, exacta y rigurosa cuáles serán las labores colectivas e individuales que cada exjefe guerrillero deberá ejecutar.
Cronograma por regiones y participación de las víctimas
Como parte de los ajustes de la sentencia, se incorporó un cronograma estructurado geográficamente que define con precisión los proyectos comunitarios y de reparación, especificando las tareas exactas, así como los días y horarios que los sancionados tendrán que cumplir obligatoriamente. Estas obras estarán directamente ligadas al daño y perjuicio provocado por las políticas de secuestro que sostuvieron durante el conflicto.
El tribunal reafirmó además que la centralidad del proceso pertenece a las víctimas, consolidando su derecho a participar activamente no solo en las audiencias, sino en la propuesta directa de los mecanismos y sanciones aplicables a los responsables, un componente que quedó blindado formalmente en el fallo definitivo.



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