Lo que debe saber sobre los jurados de votación: fechas y sanciones
- Acta Diurna

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Con el inicio del ciclo electoral en Colombia, miles de ciudadanos se preguntan si deberán cumplir con el deber obligatorio de ser jurados de votación. La Registraduría Nacional ya ha puesto en marcha el calendario para las elecciones de Congreso y Presidencia; aquí le explicamos cómo verificar su estado y qué consecuencias enfrentaría de no asistir.
Calendario electoral: fechas clave para su consulta
Las elecciones en 2026 se dividirán en dos grandes jornadas. Es vital que marque estas fechas en su calendario para evitar sorpresas de última hora:
Elección Fecha Publicación de Listas de Jurados
Congreso de la República 8 de marzo 26 de febrero
Presidencial (Primera vuelta) 31 de mayo 21 de mayo
Aunque existen fechas oficiales de publicación masiva, la Registraduría suele habilitar la consulta previa y enviar notificaciones vía mensaje de texto o correo electrónico a los seleccionados.
¿Cómo saber si fue seleccionado?
El proceso de selección se realiza mediante un software que garantiza la heterogeneidad de las mesas, evitando que jurados de una misma empresa o entidad coincidan en el mismo punto. Para consultar, tiene tres canales principales:
Sitio Web: Ingrese a www.registraduria.gov.co con su número de cédula.
Puntos Físicos: Acuda a cualquier sede de la Registraduría a nivel nacional.
Notificación Directa: Revise su bandeja de entrada (correo electrónico) y mensajes de texto.
Pueden ser designados ciudadanos entre 18 y 60 años que hayan cursado, como mínimo, el grado décimo de bachillerato.
Consecuencias de la inasistencia: Multas y procesos
No asistir a la jornada o abandonar el puesto de votación sin justificación legal conlleva sanciones severas dependiendo de su vinculación laboral:
Servidores Públicos: Pueden enfrentarse a la destitución definitiva de su cargo.
Ciudadanos Particulares: Se exponen a una multa económica de hasta 10 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).
Excepciones legales: ¿Cuándo se puede exonerar?
La ley colombiana contempla situaciones específicas en las que un ciudadano puede ser relevado de esta responsabilidad:
Salud: Enfermedad grave del jurado o de familiares en primer grado (cónyuge, padres o hijos).
Luto: Fallecimiento de los familiares mencionados el día de la elección o dentro de los tres días previos.
Residencia: No vivir en el municipio donde fue designado para votar.
Edad: Ser menor de 18 años (error en la base de datos).
Votación en otro municipio: Haber inscrito su cédula y votar en una ciudad distinta a la de la designación.
Beneficios por cumplir su deber
No todo es sanción. Recuerde que, por ley, los jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, el cual debe solicitarse dentro de los 45 días siguientes a la elección.







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