Consejo de Estado suspende decreto que reduce salario de los congresistas
- Acta Diurna

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La Sala de Conjueces de la Sección Segunda de la alta corte frenó de forma inmediata los efectos del Decreto 030 de 2026. Advirtió que la norma genera una desigualdad injustificada en el legislativo y pone en riesgo la autonomía de la rama judicial de cara a la posesión del nuevo Congreso este 20 de julio.
En una decisión de alto impacto institucional y a solo cuatro días de que se instale el nuevo período legislativo, el Consejo de Estado de Colombia ordenó suspender provisionalmente el Decreto 030 de 2026. Dicha norma, expedida a inicios de año por el Gobierno de Gustavo Petro, buscaba eliminar la polémica "prima especial de servicios" —cuyo valor oscila entre los 17 y 18 millones de pesos mensuales— para los senadores y representantes a la Cámara que asuman sus cargos a partir del próximo lunes.
La determinación del máximo tribunal de lo contencioso-administrativo responde a una demanda de nulidad y solicitud de medida cautelar urgente presentada por el ciudadano Sady Andrés Orjuela Bernal, la cual contó con el respaldo y concepto favorable de la Procuraduría General de la Nación.
Los argumentos de la Corte
La Sala de Conjueces, bajo la ponencia del conjuez Héctor Santaella Quintero, sustentó la decisión en tres ejes jurídicos fundamentales:
Violación al principio de igualdad: El decreto estipulaba que los congresistas antiguos conservarían la prima, mientras que los nuevos posesionados dejarían de recibirla. Para la corporación, esto impone una "dualidad en el tratamiento jurídico" inadmisible, vulnerando el derecho constitucional de "a igual trabajo, igual salario" para personas que ejercen exactamente las mismas funciones.
"Efecto dominó" salarial: Por mandato de la Ley 4ª de 1992, la remuneración de los miembros del Congreso sirve como base o "techo" para calcular el salario de otros altos cargos del Estado. Al recortar esta prima, se reducirían de forma indirecta los ingresos de magistrados de las altas cortes (Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado), así como del Fiscal General, el Procurador, el Contralor, el Registrador y el Defensor del Pueblo.
Atentado contra la autonomía judicial: La providencia advierte que reducir intempestivamente la remuneración de magistrados, fiscales y procuradores judiciales desconoce las garantías de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia. Esta ley exige que las compensaciones sean acordes a la jerarquía del cargo como salvaguarda clave para proteger la independencia judicial frente a las decisiones del Poder Ejecutivo.
¿Qué viene ahora?
Es importante aclarar que la suspensión del decreto es una medida cautelar y no constituye un fallo definitivo sobre si la norma es legal o no. Sin embargo, el efecto práctico inmediato es contundente: el próximo lunes, los nuevos congresistas se posesionarán con sus beneficios salariales intactos, frustrando temporalmente uno de los planes bandera de austeridad del Gobierno Nacional.
Ahora, los ministerios de Hacienda y de Justicia, junto con el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), deberán reestructurar su defensa ante los tribunales para intentar salvar el decreto en el juicio definitivo.



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