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  • BanRepública anticipa inflación por fuera del rango meta

    Durante la instalación de la Convención Bancaria 2025 en Cartagena, organizada por Asobancaria, el gerente general del Banco de la República, Leonardo Villar, hizo un repaso detallado del contexto macroeconómico reciente, justificó el mantenimiento de una política monetaria contractiva, analizó el desempeño del sistema financiero, presentó avances del sistema de pagos inmediato Bre-B y se refirió a los retos que implica la administración del nuevo Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo. Villar recordó que hace un año advertía sobre los efectos de un periodo de elevada incertidumbre, marcado por los efectos de la pandemia, la rápida recuperación de la demanda global y la guerra en Ucrania. “Las tasas de interés globales pasaron de estar en 2020 en los más bajos niveles de la historia hasta ubicarse en 2023 en los niveles más altos observados en los últimos cuarenta años”. A nivel local, mencionó que en los últimos años Colombia ha enfrentado un deterioro en los indicadores de riesgo país. “Los márgenes de riesgo país de la deuda colombiana medidos por ejemplo por los Credit Default Swaps (CDS), pasaron de estar entre los más bajos a ubicarse entre los más altos de Latinoamérica en un lapso de cuatro años”. Lea también: Inflación anual en abril fue de 5,16% También advirtió sobre un nuevo escenario de incertidumbre global: “Desde finales de 2024, y con mayor fuerza a partir de abril de 2025, empezamos a ver el giro en la política comercial más abrupto y sorprendente por parte del gobierno de los EE. UU., con aumentos previamente impensables en los aranceles y el desconocimiento unilateral de todos los tratados de libre comercio”. El gerente explicó que la estrategia de inflación objetivo sigue siendo el pilar de la política monetaria del Banco, y que su simplicidad permite actuar de forma flexible ante distintos contextos. “Cuando la perspectiva de la inflación es superior a la meta preestablecida, la política monetaria debe ser contractiva”, dijo. Indicó que, pese a los recortes desde diciembre de 2023, “nuestras tasas de interés de política se mantienen en niveles que reflejan una política monetaria contractiva”, dado que la inflación actual (5,16%) aún se encuentra por encima de la meta de 3%. “A pesar del éxito que hemos tenido en bajarla el proceso ha sido más lento de lo esperado”, señaló. Explicó que entre los factores que han frenado la convergencia inflacionaria están los elevados niveles de indexación de precios y salarios, así como decisiones de política pública: “El aumento en el salario mínimo y en los subsidios de transporte a cargo de los empleadores fue en conjunto de 11% para este año, 8 puntos porcentuales por encima de la meta de inflación”. Además, precisó que el comportamiento reciente de la inflación muestra señales mixtas: “En los últimos seis meses la inflación ha oscilado sin una tendencia clara entre 5,1% y 5,3%. La inflación básica pasó de 5,4% en noviembre a 4,8% en marzo, pero el resultado de abril rompió esa tendencia al aumentar levemente a 4,9%”. Agregó que las expectativas de inflación también se han deteriorado: “Las encuestas a analistas para finales de 2025 hoy se encuentran alrededor de 4,8%, cuando hacia octubre del año pasado estaban en los alrededores de 3,7%”. Al comparar con otros países, mencionó que “Perú, Uruguay, Paraguay o Costa Rica ya tienen la inflación dentro de los rangos meta establecidos”. También se refirió a Brasil y México. Sobre el primero, dijo: “El Banco Central de Brasil había llevado [la tasa de política] a 10,5% a mediados de 2024. La tasa de cambio del real experimentó una notable depreciación lo cual forzó al banco central a aumentar nuevamente esa tasa a 14,75%”. En cuanto a Colombia, observó que las tasas de los TES a diez años han subido en más de 1,5 puntos porcentuales, pese a las reducciones en la tasa de política del Banco. “Ese nivel es más de 5 puntos porcentuales superior al que tenemos en Colombia”, explicó sobre Brasil, y añadió: “En Colombia no hemos tenido que enfrentar una situación como esa en el período reciente”. Lea también: Economía colombiana creció 2,96% en febrero Villar afirmó que la estrategia de inflación objetivo ha permitido un proceso de ajuste relativamente exitoso: “La inflación se redujo en más de ocho puntos porcentuales, desde su nivel tope de 13,4% hasta el nivel actual del 5,16%”. También destacó que el déficit en cuenta corriente pasó de 6% del PIB en 2022 a 1,8% en 2024. Indicó que “el crecimiento para 2025 es estimado en 2,6%, un porcentaje que se compara favorablemente con el promedio de 2% que el FMI estima para la región”. Sobre el mercado laboral, dijo que “el crecimiento en el número de ocupados supera el 3% en el último año” y que “la tasa de desempleo correspondiente al pasado mes de abril, 8,8%, es la más baja para ese mes en muchos años”. Sin embargo, reconoció heterogeneidad sectorial: “Mientras el sector agropecuario, las ventas del comercio minorista y las actividades de entretenimiento muestran un dinamismo extraordinario, hay sectores como la industria manufacturera, la minería o la construcción, en los que la actividad se mantiene baja”. El gerente explicó que el sistema financiero también ha enfrentado retos durante el ajuste. “La política monetaria restrictiva implicó aumentos importantes en los costos de fondeo conllevó un fuerte deterioro en los indicadores de cartera que implicaron pérdidas importantes para un número considerable de intermediarios”. No obstante, señaló que “el sistema de establecimientos de crédito en su conjunto continuó generando tasas de rentabilidad positivas”, y destacó que “el número de entidades que presentan pérdidas viene reduciéndose y los indicadores de cartera vencida y los gastos en provisiones están ajustándose a la baja”. Villar señaló que “la razón para mantener tasas altas radica en que la inflación está aún sobre la meta. La resistencia de la inflación a bajar obedece a los grados de indexación de precios y salarios”. Indicó que, aunque la inflación ha bajado desde un máximo de 13,4 % en el primer trimestre de 2023 hasta 5,16 % en la actualidad, el ajuste ha sido más lento que en otras economías de la región. Anunció avances en la implementación de Bre-B, el sistema interoperable de pagos inmediatos. “A mediados del próximo mes de julio estará disponible el primer componente el Directorio Centralizado”, y añadió que “en la tercera semana de septiembre de 2025 se podrán realizar pagos y transferencias a través de Bre-B”. Lea también: El peso es la tercera moneda más fuerte de latinoamérica Sobre la implementación, dijo que “hemos trabajado estrechamente con la industria financiera en las definiciones de los estándares técnicos y operativos”, y agradeció la colaboración del Gobierno y organismos internacionales. “Los invito a todos a continuar en esta colaboración para promover la escalabilidad del ecosistema con nuevas funcionalidades”. Finalmente, se refirió a la entrada en funcionamiento del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo creado por la Ley 2381 de 2024, que será administrado por el Banco a partir del 1 de julio. Señaló que el Decreto 0574 del 29 de mayo “reglamenta varios aspectos clave que estábamos esperando”. Destacó que “el reto que tenemos es enorme”, dado que aún falta la firma de un contrato interadministrativo que permita al Banco seleccionar a los administradores delegados. “La capacidad del Banco para cumplir dependerá también de la velocidad en que se logren dar muchos pasos previos que no están plenamente bajo la responsabilidad del propio Banco”, concluyó. DATAIFX

  • América le ganó un partidazo a Junior y es líder del grupo A

    América de Cali se impuso este miércoles a Junior de Barranquilla en su duelo por la fecha 2 del cuadrangular A de la Liga Betplay 2025-I. Fue un 2-1 que deja al Escarlata como líder de su zona debido a la ventaja deportiva ya que empata en puntos con Medellín. En la primera parte, Junior se fue adelante en el marcador en apenas un minuto de juego. La jugada inició con un centro pasado de Fabián Ángel que le cayó a Bryan Castrillón y el jugador metió un nuevo centro al área que se desvió en Daniel Bocanegra y le llegó a ‘Titi’ Rodríguez que la mandó a guardar al fondo de la red. Hacia el minuto 9, América reaccionó con Felipe Gómez quien intentó de media distancia, pero su remate se fue apenas desviado. No obstante, al 14’ el local empató las cosas en una jugada en la que Jorge Soto sacó la pelota y encontró a Duvan Vergara quien le ganó a su marca y se la englobó a Jefferson Martínez de gran manera. Lea también: Alerta en Junior por lesión de Teófilo Gutiérrez En el minuto 28’, Vergara por poco logra su doblete con un bombazo de media distancia que apenas por un costado. El ‘11’ de América tendría otra clara en el minuto 45 esta vez con un remate buscando el ángulo que sacó Martínez con un manazo. De esa jugada, Junior se perdió el segundo con Yimmi Chará a quien le llegó la pelota en el contragolpe y el atacante perdió el mano a mano con Jorge Soto que con su pie derecho sacó la pelota de gran manera. En la segunda parte, tanto Junior como América fueron a buscar la victoria. En el minuto 47, la visita se acercó en una acción que acabó Titi Rodríguez con una media volea que pasó apenas por un lado. Sobre el minuto 60, América se acercó con Sebastián Navarro que conectó de cabeza un tiro de esquina de Rafael Carrascal, pero la pelota se perdió por la última línea. Cinco minutos después, Junior tuvo su chance más clara con Didier Moreno que recibió solo en el área y allí sacó un derechazo que atajó Soto de gran manera. Unos instantes después, Junior se salvó ya que Martínez atajó un fuerte disparo de Gómez desde el borde del área. Lea también: ¡Junior vs. América promete ser un partidazo! Hacia el minuto 78’, América le cobraron penalti a favor luego de que Jhomier Guerrero derribara en el área a Mateo Castillo y el encargado de la anotación fue Rafael Carrascal que la mandó a guardar con un remate bien pegado al palo. Tras el gol, América fue a buscar el tercero y por poco lo logra con Felipe Gómez que recibió de Vergara y sacó un zurdazo que mandó al travesaño del arco de Junior. Después de esta ocasión, Junior intentó el empate con Fabián Ángel quien recibió dentro del área y sacó un zurdazo que mandó por arriba del arco americano. En el final, América mantuvo el resultado y se quedó con los tres puntos en su primer duelo como local. Vale señalar que América es líder con cuatro unidades y en el próximo partido se medirá a Tolima en Ibagué mientras que Junior se enfrentará a Medellín en el estadio Metropolitano.

  • Desempleo en Colombia y la población por fuera de la fuerza de trabajo

    Por: Jorge Vergara Carbó Desde hace varios años, hemos visto con preocupación las cifras que esta manejando el DANE, para calcular el empleo como el índice de costo de vida (IPC), especialmente este último en ciudades como Santa Marta, Riohacha, Cartagena y Barranquilla. Pero en materia de desempleo, vemos como ha venido creciendo una variable que no hace parte del cálculo de la fórmula matemática para calcular la tasa de desempleo, y esa variable es la población fuera de la fuerza de trabajo, que la conforman la población estudiando, la población que hace parte del hogar y otros que son los llamados inactivos, es decir personas discapacitadas para trabajar, pensionados, jubilados y ahí, viene el cómo miden personas que se cansaron de buscar trabajo y ya no salen a buscar. Por estar por fuera de la fuerza laboral no se tienen en cuenta para el cálculo del desempleo. Mi hipótesis central es: por lo menos el 20%, de los que registran como "otros inactivos" son desempleados. Para probarla, analizamos las cifras registradas por el DANE, para los meses de marzo a abril, de los años 2015 al 2025, la cual mostramos en la tabla anterior de donde podemos deducir lo siguiente: Lea también: Colombia tiene las mayores tasas de desempleo, pobreza y desigualdad Llama la atención las cifras del año 2020, plena pandemia donde la población fuera de la fuerza de trabajo registrada por el DANE, fue de 17.5 millones de personas en abril, aumentando con relación a marzo de ese año en 2.8 millones de personas. Los inactivos fueron 4.7 millones, al incrementarse con relación a marzo en 816.000 personas. La tasa de desempleo registrada oficialmente para ese mes fue del 20.5%. Ante este hecho, nos preguntamos, si esas cifras muestran la realidad de las personas que están estudiando, las dedicadas al hogar y las inactivas o si detrás de ellas, se esconde un gran número de desempleados. Ese ha sido el interrogante que el DANE a pesar de haberlo consultado al respecto, nunca ha respondido. Vemos que la fuerza de trabajo crece a una tasa más baja de un año a otro, que el crecimiento de los inactivos, por ejemplo, del año 2022 al 2023, la población fuera de la fuerza de trabajo disminuye el 1.5%. mientras los inactivos crecen al 2.7%. Del 2024 al 2023, la población fuera de la fuerza laboral crece al 3.3%, y los inactivos en el 4.6%. Para el 2025 con relación al 2024, la población fuera de la fuerza de trabajo crece al 2.1%, mientras los inactivos crecen al 4.2% Hoy los inactivos 3.217.000, representan el 21.8%, de la población fuera de la fuerza de trabajo, el 12.4% de la fuerza de trabajo (25.846.000), el 13.6% de los ocupados (23.576.000), y el 41.7% de los desocupados (2.270.000). Estos números indican, que el DANE debe ser cuidadoso en la recolección de la información, ya que de registrar a personas como inactivas cuando en realidad son desocupados o desempleados, incide en los resultados del desempleo. ¿Fue el desempleo en el 2020 del 20.5% o del 8,8% en abril de 2025? Si aplicamos a los datos del 2020, la hipótesis planteada sobre los inactivos, no tocamos para nada los conceptos estudiantes y hogar, el índice de desempleo en abril del año 2020, no sería del 20.5%, sino del 24.3%, veamos: Inactivos 4.697.000 x20% = 939.400 desocupados adicionales Fuerza de trabajo = 20.107.000 = O = 15.988.000 + D = 4.199.000 TD = 4.199.000/20.107.000 = 20.9% abril 2020 Con datos de la hipótesis: D= 4.199.000 + 939.400 = 5.138.400 Fuerza de trabajo = O+D = 15.988.000 + 5138.400 = 21.126.400 TD NUEVA = 5.138.400/21.126.400 = 24.3% abril 2020 Lea también: Desempleo en abril fue el más bajo desde que existen registros: DANE Para el mes de abril, del año 2025, contrario a lo que se venía registrando desde el año 2022, la variación en la población fuera de la fuerza de trabajo se incrementó de marzo a abril en 425.000 personas, cuando en los años anteriores a pesar de tasas de desempleo más altas, venía disminuyendo. Del 2010 al 2025, la población fuera de la fuerza de trabajo se ha duplicado al pasar de 9.835.000 a 14.714.000 personas. Todo esto permitió, que el índice de desempleo de abril de este año, sea el más bajo desde el año 2001, año, en que el DANE registra cifras sobre el desempleo 8.8%. Pregunto ¿pueden ser creíbles esas cifras? Si aplicamos a hipótesis planteada tenemos: Inactivos (I) = 3.217.000 x 20% = 643,400 personas O = 23.576 D = 2.270.000 + 643.400 = 2.913.400 Fuerza Trabajo =23.576.000 + 2.913.400 = 26.489.400 TD NUEVA = 2.913.400 / 26.489.400 = 10.99% = 11% Esa viene siendo la tasa real de desempleo del país, para el mes de abril 2025. Para su información mostramos las cifras de la población fuera de la fuerza laboral del DANE, para marzo-abril año 2025, . La gente que no trabaja, ni busca trabajo porque estudia, o está en el hogar o es pensionado, jubilado o discapacitado y se cansó de buscar trabajo. El DANE debería dar una explicación técnica sobre esas cifras para que los colombianos tengamos claridad sobre ellas. ¿Qué empleo estamos generando? Si bien la tasa de desempleo del mes de abril fue del 8.8%, según el DANE la más baja desde el año 2001 para un mes de abril, de los 711.000 empleos que se generaron en un año, el 74.2%, es por cuenta propia 528.000 personas, que viven del rebusque y como lo hemos explicado en anteriores escritos, son persona que no alcanzan en conjunto a ganar un salario mínimo y por consiguiente no cotizan a la seguridad social y menos a pensión. Lea también: Desempleo juvenil: la migración se convierte en la única salida La otra cifra que llama la atención, es el empleo generado por el sector público 250.000 persona vinculadas, en el gobierno nacional y entidades territoriales, lo más seguro con órdenes de prestación de servicios, que es la problemática del sector público, en entidades como el SENA para solo señalar una, hay personas vinculadas hace más de quince (15) años, con OPS, y como el SENA, están los ministerios, Institutos descentralizados, gobernaciones y alcaldías. Cada vez son menos los concursos de méritos que se abren en el país, para vincular a la persona a la planta de personal de la entidad. Este es el gran desafío, que tiene el gobierno central y los territoriales, acabar con las OPS y vincular a las personas que tienen años trabajando y les toca pagar su seguridad social y pensión, sin derecho a vacaciones, ni prima de trabajo. No hay una ley en Colombia, que prohíba vincular a quienes tienen tiempo trabajando con una OPS, a la planta de personal de la entidad. No se necesita una reforma laboral para hacerlo, solo basta la voluntad política, porque el 99%, de esas personas, reciben ordenes, cumplen horario de trabajo y realizan funciones misionales, incluso se llega a afirmar cosa absurda, que los de la OPS son los que trabajan y no los de planta. Frase que no compartimos. Esta es una mentira piadosa, que tanto el gobierno nacional, como los gobiernos territoriales saben de antemano, que cuando estas personas demanden ganan la demanda. Pero legalizar a todos cuesta dinero, y eso es lo que no tiene este gobierno y muchas entidades territoriales que siguen utilizando esos contratos para favores politiqueros. Recientemente, Mauricio Cárdenas ex ministro de Hacienda y candidato a la presidencia de Colombia por el partido Conservador, denunció con pruebas en la mano, que el gobierno del cambio en lo corrido del año, ha firmado 374.000 OPS. Eso demuestra que una cosa es lo que se dice, y otra la que se hace. No hay congruencia en la forma que piensa el gobierno y en lo que hace. La reforma laboral Finalmente, quiero llamar la atención del Congreso, como del gobierno y los gremios de la producción, que el país necesita una reforma laboral que apunte resolver en el tiempo los dos problemas estructurales que tiene el empleo, como es la informalidad y la alta tasa de desempleo. Creemos que la reforma que saldrá del Senado no resolverá estos problemas, ella apunta a devolverle a los trabajadores unos derechos que se perdieron y reglamentar el trabajo de los de plataformas digitales de reparto y el teletrabajo. Lea también: Desempleo de los jóvenes en Barranquilla llega al 21% Los puntos importantes aprobados son: a) Jornada laboral de 6:00 am a 7:00 PM , b) Jornada nocturna de 7:00 PM a 8 am, c) Recargo nocturno y horas extras 100% gradualmente hasta julio 2027, d) en el ámbito jurídico se reforman la leyes 50/90 y la 789/02, y otras normas, e) se acuerda que el contrato de trabajo debe ser indefinido, aunque podrán realizarse por el tiempo que dure una obra o labor determinada para ejecutar una actividad, f) se le fija límite al contrato a término fijo de cinco (5) años, g) Se reglamenta el contrato de aprendiz del SENA. Con relación a la ponencia aprobada por la Comisión IV del Senado las centrales obreras como el presidente Petro la calificaron de retrógrada, especialmente sobre el trabajo por horas. Al respecto dijeron: “El trabajo por horas es un mayor retroceso que los contratos basura y la Ley 50, juntas. El contrato por horas es una propuesta de Duque, que el pasado Congreso no quiso aprobar. La reforma laboral se convierte con ese artículo es una verdadera contrarreforma de las más atrasadas de las que se han visto”, cuestionó el mandatario. Por su parte, el Pacto Histórico dijo: “la Comisión Cuarta del Senado aprobó una reforma laboral que desconoce las luchas históricas del pueblo trabajador. A pesar del esfuerzo colectivo que permitió revivir el debate tras el archivo inicial -gracias a la movilización social y a la convocatoria de la consulta popular- lo aprobado representa una clara derrota para quienes soñamos con un modelo laboral justo y digno”. Las centrales obreras, convencieron al presidente que lo aprobado por el contrato por horas en Colombia era retroceder, pero sin explicar detalladamente en que se perjudica el trabajador si su contrato de trabajo es por horas. Entiendo que el contrato por horas en Colombia no existe para un trabajo específico. Pero el CST en sus artículos 45 y 46, y el artículo 197 establece que el trabajo incompleto tiene derecho a prestaciones y garantías laborales. El trabajo por hora se aplica en muchos países del mundo, en USA se paga la hora de acuerdo al valor mínimo establecido por cada Estado. La Unión Europea reconoce el trabajo por horas y asegura que los que trabajan a tiempo parcial tengan los mismos derechos que los trabajadores de tiempo completo proporcional a su jornada laboral. En México también es válido, y debe ser por escrito. En Rusia también aceptan los contratos de trabajo por hora. En la China los contratos parciales o por hora son válidos. En Cuba igualmente se acepta el trabajo por hora o parcial siempre y cuando se haga según lo que establece la legislación laboral cubana. Tanto en Nicaragua como en Venezuela el contrato laboral por hora es aplicable. Este tipo de contrato en términos generales es válido en todo el mundo, menos en Colombia que no esta reglamentado a pesar de que se practica, por ello la Comisión IV del Senado, en su ponencia decidió reglamentar este tipo de trabajo para adaptar nuestra legislación laboral al mundo entero. Lea también: Petro anunció que convocará la consulta popular por decreto La verdad es que no encontramos justificación alguna de las centrales obreras y del presidente Petro, de tildar la reforma laboral aprobada de retrógrada y otros apelativos que le han asignado. Si opera en el mundo, independiente de cualquier ideología porque razón no puede operar en Colombia ese tipo de contrato. Lo mismo pasa, con los contratos fijos, que pueden pactarse entre empleador y trabajador, normalmente lo hacen. Estos contratos operan sin problema en el país, ahora quiere limitarlos a cinco (5) años, que es una cifra sacada del sombrero, porque no hay argumentos que sustenten esos años. La experiencia muestra que ese tipo de contrato a término fijo por un tiempo determinado es necesario en eventos especiales. Por ejemplo, cuando a usted lo contratan para trabajar en Barranquilla, y usted vive en Bogotá, como trabajador usted necesita una garantía de permanencia en el cargo, y por ello antes de firmar el contrato acuerda con el empleador que necesita mínimo un contrato a termino fijo de tres o cuatro años, además de la consecución de vivienda y colegios o universidades para sus hijos. Es lo normal, entonces para que oponerse a ese tipo de contratos o ponerle un límite, si en la mayoría de los casos por no decir todos, esos contratos se dan entre el trabajador y quién lo contrata, en nada afecta la legislación laboral del país, ni esta en contra de los sindicatos. Es un tipo de contratos que se hace con especialistas en alguna rama del saber. De acuerdo a lo anteriormente descrito, podemos afirmar que es posible que el presidente Petro, que piensa y sueña con la “Consulta Popular” y que ahora amenaza con autorizarla mediante un Decreto desafiando la Constitución Política del país, que ayudo a construir el M-19 (sin su participación) decida no firmar la ley que aprobará antes del 20 de junio, el Congreso de la República. La declarará inconveniente.

  • "Hay que salir a ganar como siempre": Néstor Lorenzo

    La Selección Colombia se enfrenta este viernes 6 de junio a la Selección de Perú en el Estadio Metropolitano Roberto Meléndez, en partido por la fecha 15 de las Eliminatorias Suramericanas al Mundial de Fútbol FIFA 2026. Al respecto, el técnico Néstor Lorenzo dijo que los jugadores de la Selección Colombia deben enfocarse en el partido ante Perú y a tratar de salir a ganar como siempre, para conseguir los puntos que lo acerquen al Mundial de Fútbol de 2026. “Sabiendo que el material humano y la capacidad del equipo tiene que aparecer e imponerse en casa, pero con tranquilidad, sin desesperarnos. Lo peor que nos puede pasar es desesperarnos o que la gente de afuera genere un ambiente de desesperación”. Lea también: Así va la concentración de la Selección Colombia “Nosotros debemos estar con la cabeza enfocada en el partido y salir a ganar, como siempre”, manifestó Lorenzo al Gol Caracol. El seleccionador reconoció que Colombia ha tenido malos resultados en los últimos partidos, “pero no tan malos rendimientos. Yo digo que jugar siempre como se jugó en Uruguay o como se jugó en Brasil lo volvería a plantear así el partido. Y los jugadores saben que el rendimiento no fue malo a pesar de haber perdido esos dos partidos”. “Se cometen errores puntuales en momentos decisivos y no hemos sumado en partidos en los cuales el equipo jugó muy bien”, enfatizó.

  • El presidente Petro puede convocar por decreto la consulta popular

    Por: Eduardo Montealegre Lynett El presidente de la República puede convocar por decreto, la consulta popular sobre temas laborales que fue negada arbitrariamente por el Senado. El fundamento está centrado en que el trámite realizado en el Congreso fue inconstitucional. Existen tres situaciones que vician el “procedimiento legislativo”: (i) El hecho de que el presidente del Senado cerró abruptamente la votación, cuando una de las senadoras tenía la expectativa legítima de participar en la misma. Esta actuación le impidió a una parlamentaria -pro-consulta- ejercer el derecho a intervenir en la deliberación: se violaron los principios pro-democracia o pro-participación. (ii) El secretario general cambió el sentido de un voto por el sí, para volverlo no, cuando estaba cerrada la votación. La actuación del secretario fue un abierto desconocimiento del principio de preclusión que rige las etapas de un proceso legislativo. Violó la seguridad jurídica, valor con protección constitucional. Un acto arbitrario. Si bien el reglamento del Congreso permite sanear actos del trámite legislativo, él no era el competente para hacerlo. En este caso, el órgano era la plenaria. (iii) No se dio paso a la apelación que se hizo en forma inmediata ante estos vicios. Sin tramitar la impugnación, no se podía dar por finalizada la sesión. Quien debía decidir sobre la apelación, era la plenaria del Senado, no el presidente, quien, ni siquiera la tramitó. El concepto del Senado sobre la consulta no es simplemente un hecho político. Es, además, un acto que produce efectos jurídicos, porque hace parte del “proceso legislativo complejo” que se requiere para que tenga validez la convocatoria al pueblo soberano. Un proceso que es reglado y está sometido en su formación al “imperio de la ley” y la Constitución. No está en el campo de juego de la discrecionalidad parlamentaria. El respeto al procedimiento es un valor y principio que caracteriza los Estados de Derecho Contemporáneos. Más exactamente, a las democracias deliberativas basadas en la confrontación de argumentos en condiciones de igualdad: teoría del discurso. Argumento va, argumento viene, como decía Antanas Mockus (Habermas-K O Apel-Alexy). La violación de las formas, cuando trasciende a la vulneración de los valores, principios, derechos y garantías institucionales que estructuran las bases de la Carta Política, implican la inconstitucionalidad del procedimiento. Las formas no son un fin en sí mismas: a través de ellas se protegen valores constitucionales. Es lo que la jurisprudencia de la Corte ha denominado “instrumentalidad de las formas”. En la filosofía y la sociología, muchos intelectuales de gran calado, como Luhmann, Habermas y Rawls, desde diversas perspectivas a veces antagónicas, han debatido acerca de la importancia del respeto al procedimiento en la deliberación pública y la construcción de la justicia (democracia deliberativa y teorías procedimentales). Desde otra óptica de la teoría del discurso, Foucault se ocupó de la construcción de formas jurídicas por la práctica social y el ejercicio del poder. Es decir: el discurso se dice de muchas maneras. Lea también: El 57% de los colombianos está de acuerdo con la consulta popular En el trámite de la consulta no se trató simplemente del quebranto a unas formas por el Senado de la República. La violación de elementos esenciales del “proceso legislativo” trascendió a la vulneración de la Constitución. El ejercicio de la función pública debe estar orientada por criterios de razonabilidad y ponderación de valores en conflicto. Criterio que se concreta en la creación de espacios que le permitan a los parlamentarios, “participar efectivamente” en la toma de decisiones –principio pro-participación–. Hay un claro desvío de poder, cuando existiendo una expectativa real de que una parlamentaria que está cerca del recinto y es inminente su ingreso a votar, se cierre abruptamente la votación para impedirlo. Sobre todo, cuando la senadora no había abandonado injustificadamente el sitio. Tenía bases legales para hacerlo. Además, el presidente del senado fue advertido de la llegada de la parlamentaria. No podemos olvidar que, el presidente del Senado, es un claro opositor a la consulta: no actuó con neutralidad, con transparencia, como era su deber. De otra parte, si un senador se “equivoca” en el voto que emite y quiere corregir el error después de cerrada la votación, tenía que acudir al mecanismo que trae el reglamento del Congreso para la convalidación de un trámite legislativo: la plenaria. El secretario general no era competente para hacerlo, ni tampoco utilizó el procedimiento debido. La seguridad jurídica y el principio constitucional de que los servidores públicos solo pueden actuar en el ámbito de sus competencias, fue vulnerado. Las “normas de competencia” no le daban la potestad de modificar situaciones jurídicas consolidadas. Por último: la negativa a tramitar la impugnación de la votación, quebrantó el principio de la democracia deliberativa, centrada en el debate y contradicción de argumentos, en condiciones de igualdad para todos los intervinientes. Colombia –siguiendo en algunos puntos el sistema norteamericano y europeo– tiene un “modelo difuso” de control de constitucionalidad. Esto significa que, lograr la prevalencia de la Constitución sobre todos los actos jurídicos, no está radicado exclusivamente en la Corte Constitucional. Todos los servidores públicos son “guardianes de la constitución”. El presidente de la República es uno de ellos. Un ejemplo, es que por disposición de la Carta Política puede objetar por inconstitucional proyectos de ley que envíe el Congreso para su sanción. Pero esa potestad no se reduce solo a ese ámbito: puede aplicar la excepción de inconstitucionalidad o también la excepción de convencionalidad, cuando un acto jurídico quebrante el marco axiológico de la carta o del bloque de constitucionalidad. En el pasado, el presidente Petro utilizó la “excepción de convencionalidad”, para inaplicar normas contrarias a los tratados internacionales de derechos humanos, vinculantes para Colombia. Debemos recordar que, una de las características del modelo de control constitucional de nuestra carta política, es la de que no solo se controlan actos jurídicos, sino también, “situaciones o hechos” que violan la constitución. Un ejemplo, es el desarrollo del llamado “estado de cosas inconstitucionales”. De ahí que, independientemente de la discusión sobre la naturaleza del acto del Senado, acerca de si es solo un acto político, o, también jurídico, lo claro es que hay un acto inconstitucional. En nuestro modelo, todos los actos –aun los de naturaleza política con trascendencia jurídica– tienen control. Es famoso el debate que dieron Hans Kelsen y Carl Schmitt durante la República de Weimar, acerca de quién es el guardián de la constitución: ¿un tribunal constitucional o un órgano político? Triunfó Kelsen y su “teoría pura del derecho”. El control es esencialmente jurídico, no político. Desde luego, en nuestra época, sin desconocer la convergencia de la política y la ética en el derecho, como lo plantea Luhmann en su teoría de los sistemas. Por ello, cuando una norma jurídica es contraria a la Constitución, el presidente de la República puede aplicar la excepción de inconstitucionalidad del acto, y hacer prevalecer los principios y valores de la carta política :“la constitución es norma de normas”. ( Artículo 4 CP) Esta postura es una consecuencia de los desarrollos de la Corte Suprema de los Estados Unidos que, hace dos siglos, concibió la constitución como norma jurídica. No como simple programa político (caso: Marbury vs Madison- 1803) Lea también: El trasfondo político del fracaso de la Consulta Popular Así las cosas, si el acto del congreso fue inconstitucional, esto significa que el Senado no se pronunció dentro de los términos señalados en el ordenamiento jurídico y el presidente puede convocar por decreto. El control de este decreto no será por el Consejo de Estado. Será de la Corte Constitucional después de realizada la Consulta (Artículo 241-3 Constitución Política). Es clara la jurisprudencia de la Corte Constitucional, en el sentido de que no hay control previo de la consulta, y éste se hace, después del pronunciamiento del pueblo. La Corte controla en forma posterior, si “todo el procedimiento” estuvo ajustado a la constitución. Por ende, los actos intermedios –así formalmente sean actos administrativos o de trámite legislativo– solo los controla la Corte, al examinar si los pasos –que no se pueden fraccionar para efectos del control constitucional– se ajustaron o no a la Carta Política. Entregarle esta competencia al Consejo de Estado –la del decretazo– sería darle un raponazo a la jurisdicción constitucional, con ostensible violación del artículo 241-3 de la Carta. Ante el bloqueo institucional del Senado, proyectado en actos inconstitucionales, no queda otra salida que “El Decretazo”. El balón está en la cancha del presidente. Es una salida legítima y constitucional. En la post-modernidad, los grandes cambios sociales son producidos por los movimientos de ciudadanos y las herejías constitucionales. Aplique, presidente, la “excepción de inconstitucionalidad” de lo actuado por el Congreso y convoque al pueblo para que decida ¡Es su deber!

  • Un hongo podría estar "comiéndose" la radiación de Chernóbil

    La explosión del reactor No. 4 de la central nuclear de Chernóbil, cerca de Pripyat, Ucrania, el 26 de abril de 1986, sigue siendo el peor desastre nuclear de la historia de la humanidad. Dejó un paisaje de 30 kilómetros donde los altos niveles de radiación permanecen incluso ahora, décadas después del incidente, donde el asentamiento humano está restringido. Sin embargo, dentro de esta zona, los científicos han descubierto un improbable sobreviviente: un hongo negro resistente llamado Cladosporium sphaerospermum. Después del desastre de Chernóbil, los científicos observaron parches de crecimientos ennegrecidos en las paredes del reactor del No. 4 que parecían prosperar donde la radiación era más alta. Este hongo se ha adaptado a un nivel de radiación que sería letal para la mayoría de las formas de vida. Aún más fascinante es su capacidad de alimentarse de esta radiación, usándola como una fuente de energía, similar a como las plantas usan la luz solar para la fotosíntesis. Lea también: ¿Cómo afecta la radiación a nuestro ADN? Investigaciones posteriores descubrieron que C. sphaerospermum y algunas otras especies de hongos negros, como la dermatitis Wangiella y los neoformanos de Criptococcus, poseían melanina, el pigmento responsable del color de la piel humana. Sin embargo, en estos hongos, la melanina sirvió a un propósito diferente: absorbió la radiación, que luego se convirtió en energía utilizable, permitiéndole crecer en áreas con intensa exposición radiactiva. Es una adaptación notable que ofrece un vistazo a cómo la vida puede florecer en algunos de los lugares más extremos y hostiles del planeta. Cómo la radiación se convierte en una fuente de energía para los hongos Cladosporium sphaerospermum pertenece a un grupo de hongos conocidos como fungis radiotróficos. Los organismos radiotróficos pueden capturar y utilizar radiación ionizante para impulsar procesos metabólicos. En el caso de C. sphaerospermum, su alto contenido en melanina le permite absorber radiación, similar a cómo las plantas absorben la luz solar a través de la clorofila, según un artículo publicado en octubre de 2008 en la Biblioteca Nacional de Medicina de EE.UU. Si bien este proceso no es idéntico a la fotosíntesis, sirve a un propósito comparable y convierte la energía del medio ambiente para sostener el crecimiento. Este fenómeno, llamado radiosíntesis, ha abierto vías emocionantes en la bioquímica y la investigación de radiación. La melanina, encontrada en muchos organismos vivos, actúa como un escudo natural contra la radiación UV. Sin embargo, en C. sphaerospermum, hace más que escudo: facilita la producción de energía convirtiendo la radiación gamma en energía química. Un artículo publicado en la revista PLOS ONE en 2007 confirmó este inusual mecanismo de producción de energía, mostrando que hongos como C. sphaerospermum cultivados en entornos de alta radiación tienden a crecer más rápido que los de condiciones no radioactivas. Es un descubrimiento que está remodelando la comprensión de las estrategias de supervivencia de los organismos extremófilos que pueden soportar condiciones ambientales extremas. Lea también: Una nueva amenaza contra la capa de ozono Hongos radiotróficos como aliados en la lucha contra la radiación El descubrimiento de C. sphaerospermum en la Zona de Exclusión de Chernóbil ha vuelto a llamar la atención sobre los hongos radiotróficos, en particular por su papel potencial en la bioremediación, el proceso de utilización de organismos vivos para eliminar contaminantes del medio ambiente. En sitios radiactivos como Chernóbil, donde los métodos convencionales de limpieza son desafiantes y peligrosos, los hongos radiotróficos pueden proporcionar una alternativa más segura y natural, según un artículo publicado en FEMS Microbiology Letters . Dado que C. sphaerospermum puede absorber la radiación y utilizarla como combustible, los científicos están explorando la viabilidad de desplegar estos hongos para contener y potencialmente reducir los niveles de radiación en áreas contaminadas. Más allá de las fronteras de la zona de exclusión, los científicos están investigando otras aplicaciones, especialmente en el campo de la exploración espacial. El duro ambiente del espacio cargado de radiación es uno de los desafíos más importantes a los que se enfrentan las misiones a largo plazo a Marte y más allá. C. Sphaerospermoum ya ha sido enviado a la Estación Espacial Internacional (ISS) para experimentos para determinar si su tolerancia única a la radiación podría proteger a los astronautas de la radiación cósmica. Los primeros resultados han sido prometedores, lo que sugiere que este hongo podría potencialmente utilizarse para desarrollar hábitats resistentes a la radiación o incluso proporcionar fuentes de alimentos con escamas de radiación para los viajeros espaciales. El poder de la adaptación para impulsar la innovación Además de sus hábitos únicos de alimentación, C. sphaerospermum también es conocido por su dureza. Puede soportar bajas temperaturas, altas concentraciones de sal y acidez extrema, lo que la convierte en uno de los hongos más resistentes descubiertos. Lea también: Nuevas estrategias para eliminar microplásticos del agua potable Su capacidad para adaptarse a los ambientes hostiles ha dado a los investigadores la esperanza de que pueda tener pistas para nuevos estudios sobre los mecanismos de tolerancia al estrés, lo que podría conducir a avances en biotecnología y agricultura. Por ejemplo, los genes responsables de esta resistencia podrían algún día ser utilizados para desarrollar materiales resistentes a la radiación o adaptarse para ayudar a los cultivos a sobrevivir en climas duros. C. Sphaerospermum también ofrece la esperanza de abordar algunos desafíos ambientales apremiantes, como en la limpieza de los residuos radiactivos. A medida que la investigación continúa, las lecciones que aprendemos de este asombroso hongos podrían inspirar la innovación en una amplia gama de campos, y en el proceso, entendiendo los límites de la vida misma.

  • La consulta previa en La Guajira, un derecho que se volvió negocio

    Por: Luís Alonso Colmenares Rodríguez Como guajiro comprometido con la defensa de los derechos colectivos, siento la obligación de opinar sobre el fallo del Tribunal Contencioso de La Guajira, relacionado con la tutela presentada en nombre de comunidades wayuu y afrodescendientes, que reclamaron el derecho a la consulta previa del proyecto SIRIUS2. Aunque el fallo tiene aciertos, deja abiertas preocupaciones sobre la protección real de las comunidades y la legitimidad de quienes dicen representarlas. Es un fallo que reconoce, pero no garantiza. En la impugnación, el Tribunal reconoció que hubo vulneración al debido proceso porque no se realizó un estudio serio y ajustado a la jurisprudencia constitucional sobre la presencia de comunidades potencialmente afectadas por el proyecto. Por ello, ordenó llevar a cabo el trámite siguiendo los parámetros de la Corte Constitucional y el Convenio 169 de la OIT, exigiendo que se cumpla el deber mínimo de verificar el arraigo y la presencia de comunidades wayuu y afrodescendientes en la zona de influencia, antes de seguir adelante con el proyecto. Lea también: Todo es un negocio en La Guajira Esta decisión es apenas un punto de partida y no una garantía efectiva de los derechos fundamentales de los pueblos étnicos de La Guajira. El fallo reconoce la complejidad del territorio wayuu y la importancia del mar en su cosmovisión, pero no va más allá de ordenar una nueva verificación administrativa por las mismas autoridades que ya han fallado antes en la responsabilidad de decidir quién y cómo debe ser consultado. Uno de los aspectos más debatidos en este proceso fue la legitimación de quienes interpusieron la tutela, porque la legitimación no es para todos, ni para los “cachazuos” de siempre, y estoy de acuerdo con ese criterio. Cualquier persona u organización, sin arraigo real ni objeto social claro, no puede asumir la representación de los pueblos wayuu o afrodescendientes. Abrir la puerta a que cualquier supuesto líder o fundación fantasma actúe es correr el riesgo de que la consulta previa se convierta en un negocio de intermediarios, y no en un verdadero mecanismo de participación. En nombre de la consulta previa, algunos se presentan como voceros de toda una comunidad, negocian con las empresas y el Estado, y al final los beneficios se quedan en manos de unos pocos, mientras la mayoría de las familias siguen viendo pasar sus derechos como quien ve pasar las nubes sobre el desierto. La empresa Cerrejón es el ejemplo preciso con el cumplimiento de la sentencia T-704, porque dice haber entregado más de $200 mil millones a las comunidades y no se ven por ninguna parte; y también ha entregado más de $17 mil millones a intermediarios que están viviendo como jeques árabes. ¿Y los que se están aprovechando con la sentencia T-302? La consulta previa no puede ser un botín para quienes han aprendido a moverse en los pasillos del poder, ni una oportunidad para que unos pocos acumulen contratos, empleos o favores. El verdadero sentido de la consulta es garantizar la participación informada, libre y efectiva de las comunidades en las decisiones que afectan su territorio, su cultura y su modo de vida. Si se permite que los procesos sean capturados por “representantes” sin control ni transparencia, se traicionará el espíritu mismo de la consulta previa, perpetuando la exclusión que se dice combatir. En este sentido, el Tribunal cerró la puerta a la participación de organizaciones sin legitimidad, pero no abordó un riesgo cada vez más evidente en La Guajira: la captura de los procesos de consulta y defensa de derechos por parte de los mismos “líderes” de siempre, que han hecho de la representación comunitaria una fuente de poder y beneficios personales. Lea también: En La Guajira abusan de los bloqueos para protestar En el mejor de los casos, el fallo del Tribunal es un primer paso, porque la verdadera garantía de los derechos no vendrá de los jueces ni de los “líderes” de siempre, sino de la vigilancia activa y la participación consciente de todos los guajiros. No hay que bajar la guardia: la consulta previa es un derecho colectivo, no el privilegio de unos pocos. Esta columna busca abrir el debate y fortalecer la conciencia ciudadana. Compártela si estás de acuerdo que la consulta previa debe ser un derecho de todos y no un negocio de unos pocos. Y como dijo el filósofo de La Junta: "Se las dejo ahí...”

  • Senado escogió a Lina Escobar como magistrada de la C. Constitucional

    Tal como estaba previsto, este miércoles la plenaria del Senado escogió a la abogada Lina Marcela Escobar como la próxima magistrada de la Corte Constitucional en reemplazo de la saliente magistrada Diana Fajardo. Lea también: Tres mujeres en la terna para nueva magistrada de la C. Constitucional La abogada consiguió hacerse a mayorías al sumar 82 votos, mientras que Lisneider Hinestroza obtuvo ocho apoyos y Myriam Carolina Martínez Cárdenas dos votos. Además, hubo cuatro votos en blanco y uno no marcado. En total, participaron 97 senadores. Las tres abogadas fueron seleccionadas por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia para integrar la terna de candidatas el pasado 22 de mayo. Escobar es doctora en Derecho Constitucional y cuenta con una amplia trayectoria en el sector público. Se ha desempeñado como funcionaria en la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom del Ministerio del Interior durante el gobierno de Juan Manuel Santos, integró la Comisión Primera de Asuntos Constitucionales en 2014, y un año después fue magistrada auxiliar del Consejo de Estado. Lea también: Corte Constitucional frena el proceso contra el presidente Petro en el CNE Su llegada a la Corte se da en un momento clave, pues el alto tribunal será determinante en decisiones de alto calado para el Gobierno del presidente Gustavo Petro, como una posible consulta popular que busca convocar el Ejecutivo, así como en el curso de las demandas contra la reforma pensional recientemente aprobada en el Congreso.

  • "No provoquen una catástrofe": Roy Barreras sobre consulta popular

    El exembajador en el Reino Unido, Roy Barreras advirtió que “los que hablan de golpe de Estado jurídico pueden propiciar un golpe de Estado real”, al referire a la controversia que se ha generado por el anuncio del presidente, Gustavo Petro de convocar por decreto la consulta popular. En ese sentido, el expresidente del Senado, hizo un llamado a la calma: “No provoquen una catástrofe de la que luego nos arrepintamos todos. Los decretos se pueden demandar. Las decisiones del Congreso también. Siempre hay vías jurídicas”. Lea también: Petro anunció que convocará la consulta popular por decreto “El decreto anunciado no ha sido expedido. Siempre hay tiempo para la reflexión. Pero para la reflexión de todos”, señalo en una publicació en su cuenta en X. Barreras cuestionó: ¿Cuál sería la máxima hipotética consecuencia si el decreto viera la luz y no tuviera tropiezos jurídicos ?: Una consulta popular con un resultado electoral incierto que si llega al umbral regresa al Congreso. Calma!”. Petro responde a "golpe de Estado" por decreto de consulta popular Tras los cuestionamientos y acusaciones de golpe de Estado por la convocatoria a la consulta popular por decreto, el presidente Petro respondió en tono irónico. “Tiene que tener dos dedos de frente el que piense que convocar al pueblo a decidir es un golpe de Estado», señaló en X. Y añadió: «Es al contrario, golpe de Estado es eliminar la fuente legítima del poder y, según la constitución de 1991, la fuente legítima del Estado Social de Derecho es, exclusivamente, el pueblo de Colombia”. Lea también: Ocho partidos rechazan convocatoria de Consulta popular por decreto En otra publicación aseguró “Error, el Senado no hundió la consulta popular. No se leyó sobre qué votaban los senadores y eso es un requisito indispensable según la ley». «Si pasan 30 días sin tomar decisión, queda facultado por ley el presidente de la República para decretarla”, insistió al referirse a una noticia de Noticias Caracol en la que se señaló que el presidente Petro convocará la consulta popular por decreto, pese a que el Senado hundió la propuesta gubernamental 49 votos contra 47.

  • Madre fue asesinada por evitar que mataran a su hijo

    Ana Milena Barón Martínez, de 36 años, falleció después de recibir un disparo en el pecho cuando intentaba proteger a su hijo, durante un ataque armado ocurrido en el barrio La Esmeralda, al suroccidente de Barranquilla. Ocurrió alrededor de las 11:00 de la noche del martes 3 de junio, en la carrera 13E con diagonal 75. Las autoridades explicaron que ella caminaba en compañía de uno de sus hijos cuando fueron interceptados por dos hombres que se movilizaban en una motocicleta negra. Lea también: Colombia es el tercer país del mundo con más desplazados por la violencia Los atacantes pretendían atentar contra el hijo de Ana Milena, se presume, como represalia relacionada con conflictos entre bandas delincuenciales (aunque esta versión aún no ha sido confirmada por las autoridades). Uno de los hijos de Ana Milena estaría vinculado con la pandilla conocida como ‘El Cartel’, mientras los presuntos agresores pertenecerían a ‘Los Candela’. Hipótesis del crimen Investigadores indicaron que ambas estructuras mantienen una disputa territorial entre los barrios La Esmeralda y La Manga, donde han establecido límites imaginarios que no deben ser cruzados por integrantes del grupo contrario. Quienes infringen esta “frontera” son considerados objetivo militar, situación que, al parecer, también incluye a familiares. Durante el ataque, el parrillero de la motocicleta desenfundó una escopeta y se dispuso a disparar contra el joven. Ana Milena Barón se interpuso en un intento por protegerlo, recibiendo un impacto en el pecho. Lea también: Más de 90.000 personas afectadas por la violencia en el Catatumbo La mujer fue trasladada al Camino del barrio La Manga, donde falleció mientras recibía atención médica. La Policía Metropolitana y agentes de la Sijin adelantan las investigaciones para identificar y capturar a los responsables del homicidio. Las autoridades reiteraron su compromiso de combatir las estructuras criminales que afectan la seguridad en distintos sectores de la ciudad.

  • Ocho partidos rechazan convocatoria de Consulta popular por decreto

    Los partidos políticos Cambio Radical, Centro Democrático, Partido Conservador, MIRA, Colombia Justa Libres, Partido Liberal, Partido de la U y Partido ASI se pronunciaron en contra de la convocatoria por decreto presidencial de la Consulta popular para que los ciudadanos decidan sobre las reformas laborales propuestas por el gobierno. En el comunicado que expidieron afirman que se trata de un “golpe de estado” y le piden al registrador nacional "verificar el cumplimiento de los requisitos y procedimientos legales establecidos antes de tomar cualquier decisión respecto de la consulta popular". Los ocho partidos mencionados titularon el comunicado así: "La consulta popular vía decreto, desconociendo la decisión del Senado, es un golpe de Estado", y el siguiente es el texto del mismo: Lea también: Petro anunció que convocará la consulta popular por decreto Este es el texto del comunicado Los partidos políticos: Cambio Radical, Centro Democrático, Partido Conservador, MIRA, Colombia Justa Libres, Partido Liberal, Partido de la U y Partido ASI rechazamos esta acción unilateral e inconstitucional por parte del Gobierno Petro. Instamos a las instituciones competentes. la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y los organismos electorales para que actúen con independencia bajo el principio de legalidad, de conformidad con la Constitución. En caso de que se expida un decreto convocando una consulta popular, confiamos en que el señor Registrador Nacional, en ejercicio de su autonomía e independencia funcional, actuará con pleno respeto por el orden constitucional y democrático, valorando cuidadosamente la legalidad y legitimidad de dicho acto antes de disponer la fijación de cualquier calendario electoral. El Registrador Nacional debe verificar el cumplimiento de los requisitos y procedimientos legales establecidos antes de tomar cualquier decisión respecto de la consulta popular. El presidente Gustavo Petro ha anunciado su intención de firmar un decreto para convocar su consulta popular que ya fue rechazada por el Senado de la República. Esta decisión, de concretarse, representaría una violación grave, abierta y directa a la Constitución, una ruptura de la separación de poderes y un golpe directo al Estado de Derecho. El Congreso de la República, como pilar de nuestra democracia, ejerció su función constitucional al no aprobar dicha consulta, y esta decisión debe ser respetada. Adicionalmente, la decisión del Gobierno constituye una violación a lo ya dispuesto por la Sección Quinta del Consejo de Estado, que rechazó una demanda contra el archivo de la Consulta en el Senado, al considerar que dicha determinación se configuró como un 'acto definitivo' del Congreso. Con ello la Rama Judicial demuestra que en efecto el Senado decidió de manera legitima y en el marco de su autonomía. Hoy los partidos políticos que acompañamos el presente comunicado reiteramos nuestro respaldo y respeto incondicional a las Cortes y demás ramas del poder público para que actúen con independencia y determinación frente a esta imposición unilateral que excede las funciones y competencias constitucionales del Gobierno. Igualmente, hacemos un llamado a la ciudadanía para rodear a las instituciones y proteger nuestra Constitución. Lea también: El 57% de los colombianos está de acuerdo con la consulta popular Manifestamos nuestra profunda preocupación por el grave daño institucional que este gobierno está causando. No podemos quedarnos callados, ni mucho que se instrumentalice las legítimas causas sociales para fines contrarios al orden constitucional. El Congreso ha demostrado que hay voluntad de debatir, a pesar de las presiones y ataques mediáticos, mediante las herramientas legitimas de la deliberación pública y de cara al país, dando las garantías a todas las voces y colores políticos para proponer y someter sus propuestas a la votación representativa que es el fundamento de nuestra democracia. Es hora de actuar con firmeza. Colombia no puede ser sometida a la voluntad de una persona que pretende desconocer el Estado de Derecho y que busca imponer su agenda politica sin atender ni respetar la autonomía del Congreso.

  • Gobierno presenta medidas para mejorar la gestión de hidrocarburos

    El ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, y el director de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), Orlando Velandia Sepúlveda, lideraron una nueva sesión del Comité Interinstitucional de Hidrocarburos, en la que participaron representantes de distintas entidades del sector energético del país. Lea también: Ecopetrol asegura que en 2025 no habrá necesidad de importar gas Durante el encuentro se evaluaron los avances en materia de reservas de gas natural, con el objetivo de continuar garantizando la prestación del servicio a nivel nacional. En la sesión, el Ministerio de Minas y Energía presentó los resultados preliminares de una hoja de ruta orientada a establecer una visión concertada del territorio, como parte del proceso de transición energética. Entre los temas abordados, el Ministerio destacó la conformación de comités territoriales, el fortalecimiento de la presencia institucional en las regiones, el impulso a la gestión de contingencias y la intención de acelerar las etapas del licenciamiento social. Según lo expuesto, estas medidas buscan mejorar la eficiencia en la gestión del sector de gas y petróleo. El ministro Palma afirmó durante la apertura del Comité: “Sigamos en las conversaciones que tenemos con el sector, con Ecopetrol, con las entidades, con la UPME. Estamos en todos los frentes tratando de agilizar, de tomar decisiones correctas para obtener resultados distintos. Me atrevo a decir que había cosas rezagadas por falta de voluntad política. Hoy, por el contrario, estamos en el propósito de avanzar”. En el Comité participaron delegados del Gestor del Mercado de Gas Natural, la Asociación Colombiana del Petróleo y Gas (ACP), el Servicio Geológico Colombiano, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), Ecopetrol, la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME), Campetrol, Naturgas, ACIPET, CENIT, ACGGE, DANCP y la Unión Sindical Obrera (USO), entre otros. Lea también: "El sector de gas está en cuidados intensivos": Naturgas En su intervención final, el ministro agregó: “Reconocemos el desafío que hay, la invitación es a volver esos desafíos un reto para todos. Esto no es un problema del gobierno o de quien esté al frente hoy en la cartera, sino del país. Sobre los datos y las cifras hay que construir la verdad. El programa es desafiante”. DATAIFX

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