Dairo Antonio Úsuga David, más conocido con el alias ‘Otoniel’, presentó, a través de su abogado defensor, una lista de peticiones a la Corte Suprema de Justicia antes de ser extraditado a Estados Unidos.
Entre ellas están que no lo vayan a juzgar por un hecho anterior o diferente a los que motivan la extradición, que no sea sometido a torturas y tratos crueles e inhumanos o degradantes. Pide también que no se le dé un tratamiento desigual por razón de su nacionalidad, que no se le imponga pena de muerte, que no sea extraditado a un tercer estado sin el consentimiento del Gobierno colombiano y que se le posibilite el contacto con su familia.
Pero hay dos solicitudes que llamaron la atención de la Corte: “Que se le garantice el derecho de relaciones sexuales con su esposa, cónyuge o compañera permanente” y que no sea confinado en las SHU, que son unidades de vivienda de seguridad, que son pequeñas celdas donde el condenado está en una reclusión solitaria.
Ante estas dos últimas solicitudes, la alta corte manifestó que “tales requerimientos se escapan de la órbita funcional de la Corte Suprema de Justicia, en la medida en que esos puntuales aspectos están sujetos a la determinación de las autoridades extranjeras, en pleno ejercicio de su soberanía nacional”.
Teniendo en cuenta esta determinación, la corte manifestó que esas demandas las puede efectuar ante el organismo de ese país que es el que decidirá al final en qué centro de reclusión permanecerá, luego de que se efectúe su extradición.
Alías ‘Otoniel’ había sido pedido en extradición dos veces. La primera vez fue el 25 de septiembre de 2015 por los delitos de tráfico de narcóticos, concierto para delinquir con fines de narcotráfico, concierto para cometer homicidios y porte ilegal de armas. Pero por razones procesales Estados Unidos retiró el requerimiento.
La segunda vez fue el 23 de noviembre de 2021 cuando ‘Otoniel’ ya había sido capturado en ese mismo año y esta vez lo requerían por el delito de concierto para delinquir y narcotráfico.
Una vez ‘Otoniel’ haya cumplido con su condena en ese país, deberá volver a Colombia para que cumpla con los delitos acá cometidos como homicidio agravado, homicidio en persona protegida, desaparición forzada secuestro simple, secuestro agravado, terrorismo, concierto para delinquir, reclutamiento ilícito, tortura agravada, hurto calificado agravado, uso de menores en la comisión de delitos, tráfico de estupefaciente, acceso carnal violento en persona protegida y constreñimiento para delinquir.
El líder del clan del Golfo está internado en las instalaciones de la Dijin de la Policía desde el 23 de octubre de 2021 desde donde da su versión ante la Jurisdicción Especial para la Paz y la Comisión de la Verdad y se espera que sea extraditado en los próximos días y siga dando su versión de los hechos, desde una prisión en Estados Unidos. COLPRENSA
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