Gobierno de radicó proyecto de Ley de sometimiento de grupos armados

Los ministros del Interior, Rodrigo Lara Restrepo, y de Justicia, Iván Cancino, radicaron ante la Cámara de Representantes y el Senado un proyecto de ley de sometimiento a la justicia compuesto por 22 artículos. La iniciativa, presentada con mensaje de urgencia para ser debatida de forma conjunta en las Comisiones Primeras, busca modificar y prorrogar las disposiciones de la Ley 418 de 1997 (Ley de Orden Público) y reemplaza la política de "Paz Total" impulsada por la administración del expresidente Gustavo Petro.
El proyecto marca un giro doctrinal de 180 grados. La administración actual abandona las mesas de negociación política e interlocución directa para dar paso a un proceso de sometimiento judicial. De acuerdo con el articulado expuesto ante los legisladores, aquellas estructuras armadas que rechacen las condiciones dispuestas por el Estado serán enfrentadas mediante el uso legítimo de la fuerza armada e institucional en el marco del Derecho Internacional Humanitario.
Una sola categoría: "Actores armados ilegales o terroristas"
Una de las principales novedades de la propuesta legislativa es la unificación categórica de los grupos delincuenciales. El proyecto elimina las distinciones anteriores entre "Grupos Armados Organizados" (GAO) —con motivación política o control territorial militar— y "Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto". Bajo el nuevo marco normativo, todos los actores que cometan delitos, alteren la convivencia, afecten la seguridad ciudadana o participen en la cadena de economías ilícitas serán denominados genéricamente como "actores armados ilegales o terroristas".
Esta definición abarca tanto a las organizaciones que operan con mando de tipo militar en el marco de los Convenios de Ginebra, como a las redes de delincuencia organizada sujetas a la Convención de Palermo. Para la clasificación de estas estructuras, el Presidente de la República contará con el asesoramiento directo del Consejo de Seguridad Nacional.
Según informes recientes de la Fundación Ideas para la Paz (FIP) citados en la exposición de motivos del proyecto de ley, en el país operan cerca de 172 estructuras criminales agrupadas en al menos diez grandes bloques, sumando aproximadamente 29.000 integrantes susceptibles de someterse. En el inventario presentado destacan:
Clan del Golfo: 10.602 integrantes.
Ejército de Liberación Nacional (ELN): 7.123 integrantes.
Estado Mayor Central (Disidencias FARC - alias 'Iván Mordisco'): 4.480 integrantes.
Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (escisión de la Segunda Marquetalia): 2.359 integrantes.
Otras estructuras: Grupos armados urbanos en Buenaventura, Quibdó, el Valle de Aburrá y las Autodefensas de la Sierra Nevada.
Dos etapas, reducciones de pena y combate a drogas sintéticas
El procedimiento de sometimiento fue diseñado en dos fases consecutivas: una etapa administrativa ante el Ejecutivo y una etapa judicial bajo la competencia exclusiva de los jueces de la República.
En la etapa administrativa, las organizaciones no contarán con voceros políticos ni delegados con estatus formal de negociadores. La interlocución inicial se realizará de manera colectiva o individual únicamente a través de abogados debidamente autorizados. En esta fase, las organizaciones deberán presentar un inventario detallado del número de combatientes, listado de armas, bienes muebles e inmuebles adquiridos por vías ilícitas, rutas del narcotráfico e información precisa sobre secuestrados y personas dadas por desaparecidas. Una vez acordada la hoja de ruta, las estructuras dispondrán de un plazo máximo de tres meses para concretar el desarme y la entrega de activos.
Finalizada la fase inicial, los actas de entrega pasarán a control judicial. Los jueces evaluarán los aportes efectivos a la verdad, la reparación integral de las víctimas y la entrega de bienes para definir los beneficios jurídicos:
Rebaja de hasta el 50% de la pena acumulada: Aplicable a miembros de base que aporten datos sobre la cadena del narcotráfico. Por primera vez, se otorgan beneficios por entregar información que permita el desmantelamiento de laboratorios de drogas sintéticas y pastillas, reconociendo la diversificación del crimen transnacional. Asimismo, se incluyen rebajas por colaborar en la erradicación manual de cultivos ilícitos, labores de desminado humanitario y por delatar esquemas de corrupción en la contratación pública o nexos de la estructura con políticos.
Reducción del 30% de la pena: Aplicable para aquellos integrantes que hayan ejercido roles de mando, jefatura o liderazgo en las organizaciones armadas.
El proyecto contempla además un "beneficio de suspensión condicional de la pena" para los integrantes sin rol de mando que se presenten ante las autoridades durante los primeros 180 días de vigencia de la ley, siempre que cumplan de forma expedita con los compromisos de verdad y reparación. Por otra parte, las entidades u organizaciones nacionales e internacionales que se encarguen de la custodia, registro, control, destrucción o disposición final del armamento entregado recibirán beneficios tributarios previstos por el Gobierno.
Regímenes de reclusión: colonias agrícolas y cárceles productivas
El proyecto introduce cambios en las condiciones de privación de la libertad para quienes se acojan al sistema de sometimiento:
Medidas cautelares: Las medidas de aseguramiento de carácter preventivo se cumplirán en "centros de arraigo transitorio" regulados bajo la Ley 65 de 1993.
Pena definitiva: La pena privativa de la libertad impuesta por las autoridades judiciales deberá cumplirse en colonias agrícolas o en cárceles productivas (creadas mediante la Ley 2446 de 2025). El objetivo de este esquema es vincular a los penados a proyectos agrícolas, industriales y de trabajo coordinado con empresas privadas y entidades públicas para generar ingresos destinados a la reparación de las víctimas.
Subrogados penales: Los sometidos solo podrán optar a la libertad condicional cuando hayan cumplido efectivamente las cuatro quintas partes (4/5) de la condena impuesta. Adicionalmente, el juez requerirá un concepto y evaluación favorable emitida directamente por las víctimas reconocidas en el proceso.
Garantía operacional y reparación innegociable
El articulado presentado por los ministros Lara y Cancino hace énfasis en que el inicio de gestiones de sometimiento no significará en ningún caso el repliegue de las Fuerzas Militares ni la parálisis del aparato judicial. Durante la delimitación de las zonas temporales donde se concentren los miembros de los grupos armados para su judicialización, no se suspenderán las órdenes de captura vigentes ni los trámites de extradición solicitados por tribunales internacionales.
Respecto a los bienes incautados, el ministro de Justicia, Iván Cancino, fue enfático en señalar que la totalidad del patrimonio entregado por las bandas ilegales se destinará al fondo de reparación de las víctimas, descartando cualquier tipo de retención o porcentaje de comisión a favor de los delincuentes por la entrega de activos de origen ilícito.




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