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CREG activa programa de ahorro energético desde el 1 de septiembre



En una decisión destinada a salvaguardar la estabilidad del suministro eléctrico en todo el territorio nacional, la Comisión de Regulación de Energía y Gas dispuso la entrada en vigor, a partir de este primero de septiembre, de un programa integral de ahorro de energía eléctrica. La medida, estructurada bajo los lineamientos de la Resolución CREG 101 120 de 2026, busca incentivar el uso racional del recurso mediante un sistema de recompensas financieras y cobros adicionales dirigidos tanto a los hogares como a los pequeños establecimientos comerciales del país.



El trasfondo de esta determinación responde a las contundentes advertencias emitidas por los centros meteorológicos internacionales y las autoridades del sector eléctrico. Los modelos predictivos señalan una probabilidad cercana al 81 % de que el Fenómeno de El Niño alcance una intensidad muy severa durante el último trimestre del año, amenazando con extenderse hasta los primeros meses de 2027. Esta perspectiva implica un descenso drástico en el nivel de las lluvias y, por consiguiente, una disminución considerable en la capacidad de los embalses hidroeléctricos del país, precisamente en una época en la que la demanda de energía ha marcado picos históricos. Ante dicho escenario, el regulador optó por actuar de manera anticipada para mitigar el riesgo de desabastecimiento o la necesidad de recurrir a esquemas de racionamiento severos.


Una de las particularidades centrales de este mecanismo radica en que no establece una meta uniforme ni arbitraria para toda la ciudadanía. Por el contrario, cada usuario tendrá asignada una meta individual calculada a partir de su propio comportamiento histórico de consumo. Para fijar este umbral, las empresas prestadoras del servicio analizarán la información de las lecturas obtenidas durante los últimos doce meses facturados. Con estos datos se obtiene una mediana de consumo diario que se multiplica por los días que contemple el periodo de facturación en curso. Además, la normativa se aseguró de proteger a los sectores de menores ingresos al determinar que la meta fijada para un hogar nunca podrá ser inferior al nivel del consumo de subsistencia asignado a su municipio en función de la altura sobre el nivel del mar.


El esquema penalizador ha sido diseñado para desestimular el derroche sin afectar las fluctuaciones cotidianas de un hogar. Por esta razón, el cobro adicional solo se aplicará a aquellos usuarios cuyo consumo mensual supere el 110 % de su meta de referencia individual. Esto significa que si el consumo se mantiene dentro de un margen razonable de variación, el usuario no sufrirá ningún tipo de sobrecosto. Cuando se sobrepasa ese umbral de tolerancia, el recargo monetario no se calcula sobre la totalidad de la factura ni sobre todo el consumo del mes, sino de manera exclusiva sobre los kilovatios hora excedentarios. Sobre ese tramo excedido, el usuario deberá pagar un porcentaje adicional que oscilará entre el 30% y el 70% del valor de la tarifa de referencia, dependiendo de la categoría y la estructura tarifaria correspondiente.


En el otro extremo de la estrategia se encuentran las compensaciones económicas para los usuarios comprometidos con la eficiencia. Aquellas personas que consigan reducir su consumo mensual por debajo del 90% de su meta de referencia acumularán un volumen de energía ahorrada que se traducirá en un beneficio financiero. Es de suma importancia destacar que este programa funciona mediante un modelo redistributivo y de bolsa cerrada. Las empresas comercializadoras y distribuidoras de energía no percibirán ganancias ni ingresos extraordinarios a través de estas sanciones; la totalidad del dinero que se recolecte por concepto de los recargos cobrados a los consumidores excedentarios se destinará íntegramente a fondear los saldos a favor de quienes hayan logrado ahorrar durante la vigencia de la norma. Estos alivios económicos se verán reflejados directamente en los recibos de los usuarios ahorradores al finalizar el periodo de aplicación de la medida.


Para garantizar una transición fluida y evitar sorpresas en el presupuesto de las familias colombianas, la CREG dispuso que el primer ciclo de facturación expedido tras la entrada en vigencia del primero de septiembre posea un carácter fundamentalmente pedagógico. Durante esta primera lectura, aunque los sistemas de las empresas prestadoras calcularán el rendimiento y la meta de cada cliente, no se realizarán cobros efectivos por concepto de exceso de consumo. No obstante, las cantidades ahorradas durante este lapso sí se contabilizarán formalmente dentro del expediente del usuario para el balance final. Del mismo modo, las facturas sufrirán modificaciones en su diseño de información, incluyendo un bloque claro y comprensible donde se le informará al usuario cuál es su meta del mes, qué porcentaje de consumo lleva registrado, la cantidad de kilovatios ahorrados o sobrepasados y el estado provisional de sus incentivos o recargos.



El ingreso al programa se realiza de manera totalmente automática para los clientes pertenecientes al mercado regulado, prescindiendo de la necesidad de adelantar tramitaciones, filas o inscripciones ante las oficinas de las compañías energéticas. Sin embargo, el marco normativo contempla excepciones para proteger la vida y la salud. Aquellos hogares en los cuales resida una persona que requiera la conexión ininterrumpida de equipos médicos de soporte vital podrán solicitar la exclusión del esquema presentando la respectiva documentación emitida por su entidad de salud ante el comercializador de energía. La supervisión integral de este plan estará coordinada permanentemente entre la CREG, el Ministerio de Minas y Energía, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y XM, el operador del sistema interconectado, entes que realizarán un seguimiento constante a la evolución de los embalses y al impacto del programa para decidir si al término de los primeros seis meses resulta conveniente su prórroga o su suspensión.

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