top of page

Corte Constitucional tumbó el nuevo Código Electoral



Con una votación de seis a tres, la Sala Plena de la Corte Constitucional desestimó este jueves en la tarde el nuevo código electoral que se había tramitado en el Congreso de la República.


El proyecto de ley estaturaria que se había trabajado el año pasado en el legislativo no pasó su examen de constitucionalidad por vicios de trámite, los cuales fueron advertidos por quienes se opusieron a él.



Se trata de que una ley como estas no podía tramitarse bajo sesiones extraordinarias adelantadas por el Congreso, cosa que pasó en esta ocasión. Por dicho motivo, la Corte encontró que no fue constitucional la forma en que se promovió la reforma.


Esta iniciativa, impulsada por la Registraduría, buscaba modificar algunos reglas de juego a nivel electoral, como listas de paridad de género y el uso de la tecnología en el sistema.


El debate de este jueves se llevó a cabo con los nueve magistrados que componen la Sala, pues el miércoles no se aceptaron los tres impedimentos presentados por Alejandro Linares, Diana Fajardo y Antonio José Lizarazo.


Esta iniciativa, impulsada por la Registraduría, buscaba modificar algunos reglas de juego a nivel electoral.


El caso que se estudió tuvo varias intervenciones de por medio, entre ellas las de la Procuraduría y la Defensoría. Estas fueron estudiadas por el despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, ponente de dicho expediente, al que él le había dado el visto bueno y que ya llevaba varios días retrasado para debatirse.


Durante su estudio constitucional, dicho proyecto tuvo varias críticas desde distintas orillas. Unas vinieron por cuenta de Gustavo Petro, quien en su momento advirtió que Colombia Humana iba a perder su personería jurídica. No obstante, la revisión duró tanto que dicho movimiento alcanzó a ganarse su personería jurídica en el mismo tribunal.


Otro de los que cuestionaron la reforma fue el exvicepresidente Germán Vargas Lleras. Sin embargo, también hubo quienes apoyaron esta iniciativa. Uno de ellos fue el registrador nacional, Alexánder Vega.



Así las cosas, como la mayoría de magistrados advirtieron los vicios, las elecciones de este año seguirán rigiéndose con la norma que lleva varios años vigentes.


Las razones de la Corte


La Corte determinó que en el trámite del proyecto de Código Electoral el Congreso incurrió en vicios de procedimiento, puesto que una ley estatutaria no es constitucional cuando se discute y se aprueba en sesiones extraordinarias, fuera de la legislatura.


Aseguró además que las sesiones del Senado y la Cámara de Representantes se realizaron de forma semipresencial, pese a que la sentencia C-242 de 2020, había señalado que, en tratándose de leyes estatutarias, por la entidad de las materias que se regulan, debía priorizarse la presencialidad.


Para la Corte, la irregularidad procesal que llevó a la inconstitucionalidad de la aprobación del proyecto es a razón de la “ausencia de un debate amplio, trascendente y participativo”.


A través de un comunicado la Corte ratificó su decisión en el que también señaló que no se cumplió con el deber de realizar la consulta previa del proyecto y se desconoció la obligación de evaluar el impacto fiscal de la iniciativa.


“Varios artículos tenían la posibilidad de generar una afectación directa a los pueblos indígenas y tribales, como ocurre, entre otros, con los artículos 35 y 123”, afirmó el alto tribunal.



Estos problemas permitieron a la Corte tumbar esta norma con el apoyo de la Procuraduría y las entidades electorales, que incluso, en medio del análisis de la Corte, pidieron que se declarara urgencia nacional para estudiar el tema. Es decir, que se le diera celeridad al debate.


Cabe señalar que esta reglamentación, que no alcanzó a entrar en vigencia, no afectará las próximas elecciones presidenciales del 29 de mayo. COLPRENSA

bottom of page