Bajo la premisa de que un feto solo alcanza una probabilidad superior al 50 % de desarrollar vida por fuera del útero después de la semana 24, los dos magistrados ponentes en el caso aborto le propondrán a la Corte Consitucional que se despenalice la interrupción voluntaria del embarazo en esos primeros 6 meses de gestación, y no totalmente como proponen las dos demandas claves en el proceso.
Si las propuestas de los magistrados Antonio José Lizarazo y Alberto Rojas Ríos logran convencer a la mayoría, Colombia daría un paso histórico que modificaría la constitución y lo pondría casi al nivel de países como México y Argentina, en donde se ha logrado legalizar el aborto con un límite de semanas.
Así las cosas, los documentos con los términos para despenalizar el aborto –que fueron revelados por el periódico El Espectador– son similares en las condiciones que tendrían las mujeres para acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, pero se diferencian en los argumentos.
Las dos propuestas
La empresa Koaj dice que ya está atendiendo el caso de presuntos abusos sexuales y laborales por parte de uno de sus gerentes de tienda. FOTO: Viva Envigado
Fiscalía alista imputación a gerente de tienda Koaj señalado de acoso sexual
La ponencia de Rojas asegura que el plazo de 24 semanas favorece el acceso a la salud para las mujeres y evitaría que se presenten barreras para acceder al aborto voluntario, pues las tres cláusulas actuales a veces retrasan la interrupción del embarazo hasta cuando el feto ya está en un estado más desarrollado.
Además, el magistrado Rojas propone que, una vez hayan pasado esas semanas –que se traducen en los primeros 6 meses– las mujeres también podrían recurrir a las tres causales que ya existen si desean interrumpir el embarazo con más de seis meses. Por ahora, la Ley colombiana le permite abortar a una persona gestante solo en tres casos: si es producto de una violación, si pone en riesgo la vida de la madre o si el feto viene con malformaciones graves que hagan inviables su vida extrauterina.
Por otro lado, la ponencia de Lizarazo sostiene que “la penalización del aborto vulnera los derechos sexuales de las mujeres; desconoce su libertad de conciencia, va en contra de principios del derecho penal y atenta contra las mujeres especialmente vulnerables, como migrantes, indígenas y afro”, por lo que apela al fallo de la Corte en el que amplió el derecho a la muerte digna, más conocida como eutanasia, que dice que cuando dos o más derechos estén en tensión no se debe privilegiar a ninguno de los dos, sino escoger una vía intermedia que los proteja.
Así va el caso
Por ahora, las dos demandas que buscan despenalizar al aborto –una presentada por el movimiento Causa Justa y otra presentada por el abogado Andrés Sánchez– continúan en proceso de estudio y debate para finalmente tomarse una decisión.
Tras el empate en el que la votación para despenalizar el aborto quedó con cuatro votos a favor y cuatro en contra, la Corte tuvo que designar a un conjuez para cada demanda, por lo que la decisión está en manos de esos dos hombres: Julio Andrés Ossa, de tendencia conservadora, y Juan Carlos Henao, de posturas liberales.
Este jueves 3 de enero la Corte votará sobre una recusación en contra del magistrado Henao y, tras tomar esa decisión, continuara con el debate en el que los magistrados dan sus puntos a favor y en contra. COLPRENSA
Opmerkingen