Consejo de Estado suspendió el aumento del salario mínimo
- Acta Diurna

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En una decisión sin precedentes que altera el rumbo económico del país, la Sección Segunda del Consejo de Estado ha decretado la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 de 2025. Esta norma, sancionada por el Gobierno Nacional en diciembre pasado, había fijado un incremento histórico del 23.7% en el salario mínimo, llevando la remuneración básica de los colombianos a la cifra de los dos millones de pesos mensuales (incluyendo el auxilio de transporte).
La medida cautelar, que responde a una acumulación de más de 17 demandas ciudadanas y gremiales, obliga al Ejecutivo a recalcular el ajuste bajo criterios estrictamente técnicos en un plazo máximo de ocho días, pone en jaque la política social del presidente Gustavo Petro y abre un complejo debate sobre los límites de la potestad presidencial frente a los indicadores técnicos macroeconómicos.
El argumento central de los demandantes es que el Gobierno se habría extralimitado al fijar un aumento que cuadriplica la inflación proyectada, ignorando los parámetros técnicos de productividad y sostenibilidad económica exigidos por la Ley 278 de 1996.
El decreto suspendido establecía un salario básico de $1.750.905, que sumado a un auxilio de transporte de $249.095, alcanzaba la cifra redonda de $2.000.000.
El alto tribunal fundamentó su decisión en el posible desconocimiento de la Ley 278 de 1996 y la jurisprudencia de la Corte Constitucional (Sentencia C-815 de 1999). Según el auto de la corporación, el Gobierno Nacional habría ignorado los criterios de obligatoria ponderación para fijar el salario mínimo:
La meta de inflación fijada por el Banco de la República para el año siguiente.
La productividad real de la economía.
La contribución de los salarios al ingreso nacional.
El Producto Interno Bruto (PIB).
Para los magistrados, un aumento que supera en más de 15 puntos porcentuales la inflación proyectada carece de un soporte técnico "claro, expreso y detallado" en la motivación del decreto. El Consejo de Estado advirtió que la voluntad política de alcanzar un "salario vital" no puede pasar por alto la estabilidad económica del país.
Incertidumbre en el bolsillo
La suspensión ha generado una ola de dudas entre empleadores y trabajadores. Sin embargo, la justicia administrativa ha sido clara en dos puntos fundamentales para evitar el caos social:
La suspensión rige hacia el futuro. Esto significa que los pagos realizados bajo el decreto de $2.000.000 durante el mes de enero y lo que va de febrero son legales. Ninguna empresa está facultada para solicitar la devolución de dinero ni para descontar de futuras quincenas el excedente pagado.
Vacío legal temporal: Al quedar suspendido el decreto de 2026, técnicamente reviviría el salario de 2025. No obstante, para evitar un perjuicio mayor a los trabajadores, el tribunal ha otorgado un plazo de ocho días hábiles (hasta el 21 de febrero) al Gobierno para expedir un nuevo decreto con un ajuste debidamente sustentado. Este nuevo monto regirá mientras el Consejo de Estado emite un fallo de fondo sobre la legalidad del incremento original.
Adicionalmente, el tribunal advirtió que el nuevo decreto no puede ser una simple reproducción del anterior. Deberá basarse en certificaciones oficiales del DANE y del Banco de la República, justificando aritméticamente cada punto porcentual de aumento.
Reacciones
Desde la Casa de Nariño, el Gobierno ha defendido el incremento como una medida de justicia social necesaria para reactivar el consumo interno. El presidente Petro, a través de sus canales oficiales, manifestó que "la justicia administrativa parece no comprender la necesidad de un salario que dignifique la vida", aunque confirmó que su equipo económico ya trabaja en el nuevo decreto para cumplir con el mandato judicial.
Por su parte, el Ministro del Interior, Armando Benedetti, calificó la medida como una "decisión política" de las élites para frenar el bienestar de los menos favorecidos.
Por otro lado, la ANDI y otros gremios de la producción recibieron la noticia con un sentido de "corrección técnica". Según analistas de Fedesarrollo, un aumento del 23.7% amenazaba con presionar al alza la inflación y fomentar la informalidad laboral, especialmente en las micro y pequeñas empresas que no cuentan con el flujo de caja para soportar tales costos operativos.
¿Hacia dónde va el salario mínimo?
Con la suspensión del decreto de $2.000.000, el país queda a la espera de una cifra más moderada. Algunos de los demandantes han sugerido que el aumento debería rondar el 11%, una cifra más alineada con la realidad macroeconómica.
Lo que queda claro es que la batalla por el bolsillo de los colombianos se ha trasladado de las mesas de concertación a los estrados judiciales. Mientras se redacta el nuevo decreto, el país observa de cerca un pulso institucional que definirá no solo el ingreso de millones de familias, sino también la estabilidad económica de Colombia para el resto del 2026.







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