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C. Constitucional definirá el futuro pensional de Colombia esta semana



En medio de una alta expectativa política y económica, la Corte Constitucional pondrá fin al limbo jurídico en el que se encuentra la reforma pensional colombiana. El alto tribunal agendó como primer punto de su Sala Plena de este jueves 13 de agosto la discusión sobre el expediente que evalúa si el Congreso de la República subsanó con rigor el vicio de trámite cometido durante su aprobación original en 2024.


El proceso, iniciado a raíz de una demanda de inconstitucionalidad promovida por la exsenadora Paloma Valencia, cuestionó la decisión de la Cámara de Representantes de acoger en bloque y sin debate profundo el texto aprobado por el Senado en junio de 2024. La Corte determinó en su momento que dicha actuación vulneró el principio de consecutividad y deliberación democrática, ordenando la suspensión cautelar de la Ley 2381 y devolviendo el expediente al Legislativo para su eventual corrección.



El intento de subsanación en el Congreso


Para intentar salvar el proyecto insignia del Ejecutivo, la Cámara reabrió la discusión en sesiones extraordinarias en junio de 2025. Durante ese trámite, la plenaria votó nuevamente el articulado e integró la discusión de proposiciones. Sin embargo, analistas y contradictores señalan que el procedimiento extemporáneo podría haber incurrido en nuevas inconsistencias procedimentales que ahora la Corte deberá ponderar.


El fallo definitivo se retrasó por más de doce meses debido a una compleja red de impedimentos, recusaciones y cambios en la magistratura. Tras el retiro del magistrado Jorge Enrique Ibáñez del expediente, la ponencia pasó a manos de la presidenta de la Corte, la magistrada Paola Andrea Meneses, quien radicó el proyecto de auto que guiará la votación de los magistrados.



¿Qué está en juego para el país?


Durante todo este período de suspensión, Colombia ha permanecido bajo las reglas de la Ley 100 de 1993, un sistema dual donde compiten el régimen de prima media administrado por Colpensiones y el ahorro individual a cargo de los fondos privados (AFP).


De ser avalada la subsanación por la Corte Constitucional, entraría finalmente en vigor el nuevo modelo pensional estructurado en cuatro pilares (solidario, semicontributivo, contributivo y complementario). De lo contrario, si la Sala Plena concluye que el Congreso falló en corregir la irregularidad, la Ley 2381 quedará definitivamente archivada, obligando a cualquier iniciativa pensional a reiniciar desde cero en el debate legislativo.

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