Por: Fernando Jiménez
Doña Bertha vive en Consaca, en la zona rural. Un día su hijo se fue. No sabe si como consecuencia del reclutamiento forzoso o porque él así lo quiso. Lo cierto es que pasaron seis meses antes de que le escribiera su primera carta, en los aciagos momentos de franquicia, allá en las montañas. Con la iniciativa de la Paz Total, ella aspiraba ver a su muchacho, que hoy debe tener algo más de veinte años, muy pronto, tal vez antes de la Navidad.
Sin embargo, su sueño deberá esperar. ¿El motivo? La Corte Constitucional se pronunció sobre la Ley 2272 de 2022, que faculta al Gobierno Nacional para adelantar la Paz Total.
El alto tribunal considera que la iniciativa es positiva, no obstante, traza unas fronteras según las cuales, en el proceso deben incluirse a grupos que tienen estatus político, a quienes, de acuerdo a la normatividad internacional, se les reconozca su condición de beligerancia.
La Ley es una extensión de la Ley 418 de 1997 o de Orden Público, que le ha dado facultades a los distintos gobiernos para adelantar acercamientos y negociaciones de paz.
En ese orden de ideas, solamente se podrá hablar de paz con las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto (Eaocai), de cara a lograr su desmantelamiento y sometimiento a la justicia y frenar la violencia que causan en el país.
Así las cosas, se podrá avanzar en acercamientos con las Autodefensas Gaitanistas de Colombia o Clan del Golfo, las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada y los grupos armados urbanos de Medellín y Valle de la Aburra, Quibdó y Buenaventura. Dialogar sí, pactar todavía no.
En tanto se despejan dudas y el país se enfrasca en un nuevo debate jurídico por el tema, doña Bertha seguirá esperando a su hijo, temerosa de que a la Paz Total le den un tiro a la mansalva…
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