Desde el próximo 7 de julio de 2024 entrará en vigor un nuevo componente de la ley 2.232 de 2022. Desde esa fecha, un buen número de productos fabricados a base de plástico en el país quedarán limitados y no podrán usarse tan fácilmente como hasta ahora en el país.
Se trata de la prohibición de seis productos, los cuales, si no ofrecen alguna alternativa sostenible -como ser reutilizables, biodegradables o fabricados con materia prima reciclada- no podrán ser comercializados o distribuidos en el territorio nacional a partir de esta fecha. Entre los vetados están:
Los productos plásticos prohibidos
Mezcladores y pitillos para bebidas.
Bolsas de punto de pago utilizadas para cargar o transportar paquetes y mercancías.
Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas.
Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales.
Soportes plásticos para las bombas de inflar.
Soportes plásticos de los copitos de algodón.
Pese a lo anterior, Acoplásticos precisó que productos como bolsas, sacos o talegas plásticas reutilizables no están consideradas como productos de un solo uso y pueden seguir comercializándose.
¿Cuáles son las excepciones?
Como medida informativa, Acoplásticos también explicó que quedan excluidas las bolsas utilizadas para carne, pollo, lácteos y demás alimentos de origen animal o para empacar bienes de la canasta familiar, que incluye prendas de vestir, alimentos, bebidas y productos de aseo y limpieza.
De igual forma, los productos que, tras un análisis de ciclo de vida, demuestren que sus sustitutos tienen un impacto ambiental mayor, podrán también seguir siendo distribuidos y comercializados.
Lo anterior, “teniendo en cuenta que el objetivo primario de esta normativa es ambiental, con lo cual no tendría sentido reemplazar un producto por otro que tenga un efecto ambiental mayor”, destacó Daniel Mitchell, presidente de la agremiación,
“Hacemos un llamado a las empresas fabricantes de productos plásticos y a los establecimientos de comercio que los distribuyen o utilizan, a revisar bien el listado de productos, las fechas de aplicación y, en particular, las excepciones y sus mecanismos de aplicación o sustentación, de manera que migren hacia alternativas sostenibles”, finalizó Mitchell.
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