top of page
Foto del escritorActa Diurna

Empresas estarían obligadas a brindar almuerzo a sus trabajadores



En la Cámara de Representantes fue radicado un proyecto de ley que buscaría, entre otras cosas, que las empresas del país estén en la obligación de darles a los trabajadores el almuerzo, para así generarles mejores condiciones alimenticias y mejorar el rendimiento laboral.


"El beneficio de alimentación al trabajador es una prestación social obligatoria en cabeza del empleador que se otorga para garantizar una alimentación suficiente y adecuada en favor de los trabajadores beneficiarios y sus familias", manifiesta uno de los artículos de este proyecto de ley.



Una de las coautoras de esta iniciativa es la representante a la Cámara por el Pacto Histórico, Mafe Carrascal, quien afirmó que este beneficio sería una "prestación social obligatoria".


"Trabajadores y trabajadoras de Colombia: les tengo una gran noticia. Radicamos un proyecto de ley que busca crear beneficios alimentarios para las personas trabajadoras y sus familias, como una prestación social obligatoria", afirmó la congresista en su cuenta de Twitter.


Según dijo la militante del petrismo, el país tiene un número alto de personas que no cuentan con la seguridad alimentario dentro de su centro de trabajo.


"En Colombia existe un alto número de personas trabajadoras que se encuentran en inseguridad alimentaria, ya sea por causas estructurales del mercado laboral o por el aumento de la inflación que reduce la capacidad adquisitiva", explicó Carrascal.


Los beneficiarios


El proyecto de ley plantea que quienes ganen hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir, $ 2'320.000, podrán acceder a este beneficio en las empresas.


De aprobarse el articulado, las empresas deberían estar en la obligación de crear comedores o restaurantes dentro de sus mismas instalaciones para poder garantizar el beneficio del almuerzo.



Esta iniciativa también plantea que las empresas puedan crear un bono adicional para solventar la alimentación.


"El beneficio de alimentación a los trabajadores no podrá entregarse en dinero en efectivo ni por otros mecanismos distintos a las modalidades establecidas en esta ley, debido a que no podrá considerarse un instrumento de pago", afirma el documento. COLPRENSA

Comments


bottom of page