Un trascendental fallo sobre la adjudicación de bienes baldíos en el país profirió este jueves la Corte Constitucional, tras revisar trece fallos de tutela contra sentencias judiciales dictadas en proceso de pertenencia sobre predios rurales.
En su decisión, la sentencia SU-288-22, el alto tribunal determinó que existe un tratamiento desigual en la adjudicación de bienes baldíos en el país y que el Estado no está cumpliendo con su deber de promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los campesinos.
Para su estudio, la Sala Plena de la Corte Constitucional las clasificó en dos grupos: el primero con las solicitudes de tutela presentadas por la Agencia Nacional de Tierras contra providencias judiciales que declararon la prescripción adquisitiva del dominio sobre predios rurales.
El segundo grupo corresponde a dos solicitudes de tutela de particulares contra las providencias judiciales que les negaron la prescripción adquisitiva del dominio sobre predios rurales, por existir dudas sobre la naturaleza privada de los bienes al no haberse desvirtuado la presunción de bien baldío contenida en la Ley 160 de 1994.
De acuerdo con la demanda, los baldíos solo pueden ser entregados directamente por el Estado a través de los procesos que establece la ley para ese fin.
Según un informe de DeJusticia, por lo menos unas 200.000 hectáreas de bienes baldíos han sido adquiridas a través de este mecanismo y por lo general quedan en manos no de campesinos que requieren acceder a la tierra, sino de grandes propietarios.
“Es problemático que baldíos sean adquiridos por prescripción y no por adjudicación...en el proceso de prescripción, el juez se limita a comprobar si la persona ha poseído el bien por un cierto número de años y si es así le atribuye la propiedad, sin hacer ninguna otra verificación. Por prescripción, entonces, personas muy ricas pueden adquirir la propiedad sobre grandes extensiones y con impactos ambientales negativos”, señaló DeJusticia en su informe.
La Corte constató que sí ha habido un tratamiento desigual en la aplicación e interpretación del régimen especial de baldíos, aunque, según la información que ha dado a conocer hasta el momento el alto tribunal, en la decisión se adoptaron medidas para proteger los derechos de los particulares que mediante tales procesos pretendieron la regularización y formalización de la propiedad rural.
El alto tribunal también informó que la decisión incluye medidas para exhortar al Congreso a fortalecer la Agencia Nacional de Tierras, crear la jurisdicción agraria y adecuar la legislación agraria con la finalidad de superar la inseguridad jurídica, la informalidad en el campo y la excesiva concentración de la propiedad rural, dentro del respeto del derecho de propiedad y las situaciones jurídicas consolidadas.
A la Agencia Nacional de Tierras le ordenó que, en un plazo no mayor a 12 meses a la notificación, adopte un plan de acción para elaborar una base de datos que incluya el universo de predios rurales que no contaban con antecedentes registrales respecto de los cuales se hubiere proferido sentencia de pertenencia. COLPRENSA
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